Desde el 1 de septiembre, Ecuador requerirá la Visa de Visitante Temporal de Transeúnte a ciudadanos de 45 países que ya necesitaban visado para ingresar al país. La medida, anunciada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, busca reforzar la seguridad estatal y el control migratorio en el territorio ecuatoriano.
Nueva política migratoria en Ecuador
El Gobierno ecuatoriano oficializó la disposición a través de un comunicado de Cancillería, en el que precisó que el trámite responde a lo establecido en la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional, que reformó el artículo 66 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana. Con esta decisión, la administración de Quito busca un mayor orden en el registro de viajeros y una regulación más estricta de los flujos migratorios.
El anuncio llega en un contexto regional donde varios países de América Latina han endurecido sus requisitos de ingreso ante el aumento de la movilidad internacional y las preocupaciones por la seguridad fronteriza.
Requisitos y costos del visado
La Cancillería detalló que los ciudadanos de estas 45 naciones deberán tramitar previamente la Visa de Visitante Temporal de Transeúnte antes de viajar a Ecuador. El proceso contempla dos pagos: 50 dólares por el formulario de solicitud y 30 dólares por la emisión de la visa, lo que representa un costo total de 80 dólares para el solicitante.
El visado permitirá la estadía temporal con fines de turismo, negocios o tránsito, sin habilitar residencia permanente ni actividades laborales que requieran otro tipo de permisos.
Procedimiento de solicitud
La visa podrá solicitarse en los consulados y embajadas ecuatorianas en el exterior, así como en las plataformas digitales habilitadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Entre los requisitos básicos se incluyen:
- Pasaporte vigente.
- Formulario de solicitud completo.
- Comprobante de pago de las tasas.
- Documentación que acredite el motivo del viaje.
Seguridad y derechos humanos
El Ejecutivo ecuatoriano aclaró que la medida no supone un cierre de fronteras, sino una herramienta de control migratorio enmarcada en la legislación nacional. “El Gobierno del Ecuador reitera su compromiso con el respeto a los derechos de las personas en movilidad humana y a la observancia del marco legal vigente”, destacó el comunicado.
Expertos en migración señalan que la decisión responde a la necesidad de equilibrar el derecho a la libre movilidad con la obligación estatal de proteger la seguridad interna y garantizar un registro más exhaustivo de quienes ingresan al país.
Contexto regional y comparativo
La decisión de Ecuador se alinea con políticas aplicadas por países como Chile, Perú y Colombia, que en los últimos años han endurecido sus requisitos de ingreso en respuesta a crisis migratorias y desafíos en materia de seguridad. Este tipo de medidas, aunque generan debates sobre su impacto en el turismo y el comercio, suelen presentarse como mecanismos de regulación necesarios en escenarios de alta movilidad.
Impacto esperado
De acuerdo con analistas, la exigencia de la visa de transeúnte podría generar un flujo migratorio más ordenado, aunque también se prevé que incremente los trámites burocráticos para los viajeros provenientes de los 45 países afectados. El turismo podría experimentar un descenso en el corto plazo, mientras que en el mediano plazo se espera una adaptación progresiva de los visitantes y operadores turísticos.
El Gobierno confía en que la medida contribuya a reforzar la seguridad, al tiempo que asegura que se mantendrán los estándares internacionales de respeto a los derechos humanos.



